INSCRIPCION Y VALIDACION DE CONTRIBUYENTES

Basado en REGLAMENTO MUNICIPAL PARA TRÁMITES SIMPLIFICADOS Y EN LINEA DE LA MUNICIPALIDAD DE BAGACES. La Municipalidad de Bagaces con fundamento en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, la Ley N°7794 Código Municipal, la Ley N°8454 Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos y la Ley N°8220 Ley Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos,  por medio del Acuerdo Municipal N° 461 del Concejo Municipal de Bagaces, tomado en Sesión Ordinaria SETENTA Y SEIS celebrada el día 04 de diciembre del 2018

 

INSCRIPCION Y VALIDACION DE CONTRIBUYENTES

Artículo 6° Los y las contribuyentes que deseen realizar sus respectivos trámites por medio de plataformas digitales o la página web oficial de la Municipalidad de Bagaces, requieren estar debidamente inscritos y validados para tales efectos en la base de datos digital de la página web municipal.

Artículo 7° Crease la figura del validador(a) de contribuyentes; funcionario(a) que tiene bajo responsabilidad el análisis y aprobación de la información proporcionada por los contribuyentes en razón de probar por medio de documentos legales físicos o digitales que la persona sea quien dice ser. Dicho funcionario(a) deberá notificar la debida inscripción y validación al solicitante utilizando los medios legales de notificación.

Artículo 8° Los documentos legales citados en el artículo anterior se refieren específicamente a:

  1. Cédula de identidad (persona física costarricense) o similar (persona física extranjera).
  2. Personería Jurídica (persona jurídica).
  3. En caso del punto b. debe presentar la identificación correspondiente quien represente legalmente a la persona jurídica.
  4. Poder debidamente inscrito en el Registro Nacional que sustente el acto.

Artículo 9° De la inscripción: Se debe llenar completamente el formulario de inscripción de base de datos digital municipal, documento que se encontrará de las siguientes formas:

  1. Física: en la Plataforma de Servicios Municipal, se verifican los documentos citados en el artículo 8° para ser escaneados y posteriormente enviados vía correo electrónico al validador(a), firmado con puño y letra de la persona solicitante, se excluyen aquellas personas que por sus impedimentos físicos no pueden firmar, se aplicará lo respectivo.
  2. Digital: en la página web oficial de la Municipalidad, se adjuntan al formulario los documentos citados en artículo 8°. Se firma digitalmente o se descarga en sitio y se autentica la firma.

Artículo 10° Les corresponde a las personas inscritas y validadas notificar a la Municipalidad de Bagaces en caso de cambios o modificaciones en los medios de notificación.

 

                              

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  • +506 2690-1300, Central.

  • info@bagaces.go.cr

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