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Trámite de Solicitud de Uso de Suelos
USOS DE SUELO
Basado en REGLAMENTO MUNICIPAL PARA TRÁMITES SIMPLIFICADOS Y EN LINEA DE LA MUNICIPALIDAD DE BAGACES. La Municipalidad de Bagaces con fundamento en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, la Ley N°7794 Código Municipal, la Ley N°8454 Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos y la Ley N°8220 Ley Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, por medio del Acuerdo Municipal N° 461 del Concejo Municipal de Bagaces, tomado en Sesión Ordinaria SETENTA Y SEIS celebrada el día 04 de diciembre del 2018
Artículo 11° El Certificado de uso de suelo/ubicación se tramitará por correo electrónico a la cuenta: usodesuelo@bagaces.go.cr y se adjuntarán los requisitos respectivos, ya sea mediante la página web oficial de la Municipalidad de Bagaces o de forma directa (correo solicitante a correo funcionario(a)). A dicha cuenta únicamente tendrán acceso la persona encargada o su superior directo, quien en ausencia del primero tendrá la facultad de otorgar resolución al trámite. Una vez resuelto el trámite respectivo se deberá notificar en los medios legales.
Artículo 12° Le corresponde a la Comisión Revisora de Proyectos (en adelante CRP como prefijo) atender y resolver aquellos certificados de uso de suelo/ubicación que correspondan a proyectos de desarrollo, de tal forma que es menester del funcionario(a) encargado(a) del trámite notificar a la mayor brevedad a la CRP para lo que corresponda, así mismo notificar al solicitante sobre el mismo acto.
Artículo 13° Son requisitos del certificado de uso de suelo:
- Formulario de solicitud de uso de suelo/ubicación debidamente lleno, indicando la actividad solicitada de forma clara y concisa. Según la complejidad del proyecto o actividad se deben anexar aquellos documentos que se consideren pertinentes como: croquis, planos, archivos: Dxf. Dwg. Shp., mapas, entre otros.
- Estar al día con las Obligaciones Municipales. Según Código Municipal Artículo 85. (Corresponde a la Municipalidad).
- Constancia de no Morosidad de la C.C.S.S según Ley N°17 artículo 74. (Corresponde a la Municipalidad).
- Constancia de no Morosidad con F.O.D.E.S.A.F según Ley N°8783 artículo 22. (Corresponde a la Municipalidad).
Artículo 14° Con base en la Ley de Planificación Urbana N°4240 únicamente se proceden a visar los planos para segregación y reunión de fincas, por lo tanto se excluyen del trámite de visado municipal los planos de fincas inscritas, rectificación de área e información posesoria, así como aquellos planos de segregación/reunión cuya cabida supere las 5 Hectáreas.
Artículo 15° Los planos no incluidos en el artículo 14° no se les dará trámite alguno, se deberá confeccionar una nota donde se indiquen aquellos fundamentos legales que sustenten el rechazo genérico, la misma puede ser utilizada para efectos de permisos de construcción, entidades bancarias, traspasos, entre otros.
Para Trámitar un Uso de Suelo Contactar al siguiente Funcionario:
Marcos Campos Salazar
Teléfono: 2690-13-31
Correo: mcampos@bagaces.go.cr